v
Antes de su
iniciativa de reforma, los ayuntamientos estaban obligados a proporcionar
servicios básicos a núcleos poblacionales muy pequeños, explica el Diputado
local
Xalapa, Ver.—El diputado
local Octavio Pérez Garay afirmó que poner límite mínimo de habitantes para
conformar una congregación permitirá un mayor orden en las administraciones
municipales.
Comunicado LegisVer /
Xalapa, Ver.—Con la reforma a la Ley Orgánica del Municipio Libre, en Veracruz
se evitará que surjan congregaciones con un número mínimo de habitantes, a las
que los ayuntamientos estén obligados a proporcionar servicios básicos, afirmó
el diputado local Octavio Pérez Garay, impulsor de la iniciativa, al aseverar que
“poner este límite para conformar una
congregación es cuestión de orden”.
El 11 de noviembre, en
la Segunda Sesión Ordinaria del Segundo Año de Ejercicio Constitucional, el
pleno legislativo aprobó por unanimidad –42 votos a favor– la propuesta del
representante del distrito de San Andrés Tuxtla, que reforma el Art. 11,
párrafo segundo de la Ley Orgánica del Municipio Libre, para establecer la
categoría de la congregación y sus requerimientos.
Mediante esta reforma se
le define como: “la demarcación territorial
en la que funja como auxiliar del Ayuntamiento un Agente Municipal, y que
comprende uno o más centros de población, siempre que el número de habitantes
sea mayor de 2 mil 500”.
Explicó que el rango de
congregación obliga a los ayuntamientos a suministrar servicios como drenaje,
pavimento y agua, además de nombrar a un agente municipal, autoridad que
representa al municipio y atiende directamente los problemas o necesidades de
la población.
Al referir que “a la fecha existen núcleos poblacionales
muy pequeños, que prácticamente eran terrenos particulares”, puso como
ejemplo la congregación de Rancho San Juan, que era una propiedad privada y
ahora el ayuntamiento está obligado a proporcionarle todos los servicios.
Dijo que a la fecha en
Veracruz existen 27 mil comunidades. Muchas de las cuales sólo son habitadas
por 10 ó 15 familias y, ya que la ley no tiene efectos retroactivos, las que ya
existen y no cumplen dicho requisito se mantendrán igual, aunque no se descarta
que las existentes se fusionen en una sola congregación.
Pérez Garay detalló que,
ante el Congreso del Estado, las autoridades municipales son las responsables de dicho ordenamiento y
presentarán las solicitudes correspondientes.
No hay comentarios:
Publicar un comentario